De acuerdo con el Manual operativo CONIG aprobado por Res CFE 139/11, se recuerda a las instituciones educativas que se encuentran implementando el Programa Conectar Igualdad que los alumnos que finalicen su último año de escolaridad sin adeudar materias reciben la laptop educativa en propiedad una vez firmado el contrato de cesión definitiva, obrante en el manual operativo antes mencionado, y que el equipo haya sido liberado del servidor escolar.
En caso de los alumnos que hayan finalizado su cursada en 2012 y que adeuden materias, tendrán tiempo hasta las mesas de examen de marzo del año 2013 para rendirlas en su totalidad, ocurrido esto también deberá entregársele la laptop escolar en propiedad cumplimentados los pasos antes descriptos.
En caso de los alumnos que hayan finalizado la cursada en 2012 y que no cumplan con la aprobación de las materias adeudadas a más tardar en las mesas de examen de marzo de 2013, deberán devolver a la máxima autoridad escolar la netbook entregada oportunamente y se dará de baja automáticamente el comodato firmado.
Manual operativo Res CFE 139/11
- Egreso
El estudiante que finalice el nivel secundario en escuelas orientadas, técnico- profesionales y artísticas recibe la laptop en propiedad, con la condición de haber cumplimentado todas sus obligaciones académicas, a más tardar en las fechas de los exámenes de marzo siguiente al año en que finalizó la cursada.
La institución debe liberar la laptop y entregarla en propiedad para uso personal del egresado, previa firma del “Contrato de Cesión para Alumnos”.
Si el estudiante no cumpliera con las obligaciones académicas y no egresara efectivamente luego de los exámenes de marzo, se rescinde el contrato de comodato y la laptop queda en el parque de reserva de la escuela, registrándose en el aplicativo ConIg como equipamiento disponible.
Cabe aclarar que, mientras no se defina la situación académica del alumno que debe materias en marzo de 2013, el comodato de uso de la netbook se encuentra vigente, por lo cual ningún equipo puede ser retenido por la institución escolar bajo la presunción de la no devolución del mismo. Es decir, los alumnos que adeuden materia/s podrán utilizar la laptop educativa en el periodo de receso escolar con fines educativos tal y como está determinado en el Manual Operativo del Programa y el comodato de uso del bien.